Desde las empresas que forman parte de las asociaciones provinciales integradas en CEHTA, como Confederación que aglutina las empresas de hostelería y turismo de Aragón, se están trasladando numerosas dudas en relación a la celebración de los eventos, banquetes y otras reuniones de carácter familiar, gran parte en relación a la publicación de los últimos BOA (Boletín Oficial de Aragón). En el último en el que se hace referencia a este tema, el del 5 de agosto de 2020, se declara literalmente que: “Sin perjuicio de la obligación de respetar las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, las reuniones sociales no podrán superar el número de diez personas, salvo en el caso de personas convivientes, tanto en espacios de carácter público como privado”.
Desde CEHTA, el término de “reunión social” suscita numerosas dudas al no especificarse de forma clara la forma de resolver o la referencia a alguno de los eventos que se celebran habitualmente en los establecimientos del sector (restaurantes, fincas, servicios de catering, etc.). En los escasos encuentros mantenidos con responsables del Departamento de Sanidad en estos ya casi cinco meses desde el inicio de la pandemia de la COVID-19, nada ni nadie nos ha sabido trasladar hasta el momento una interpretación clara para poder aplicar en los establecimientos en base a estos asuntos.
Por todo ello, RECOMENDAMOS aplicar para estos eventos lo relativo a los servicios de hostelería y restauración y que permitirían celebrar un evento aplicando lo siguiente:
– Adecuando el aforo a los porcentajes estimados para interior y exterior que sean decretados en el momento del servicio para las empresas del sector y según las diferentes zonas de Aragón.
– Respetando en todo momento las medidas de distanciamiento de 2 metros entre personas.
– Cumpliendo con las medidas higiénico-sanitarias tanto por parte del establecimiento -desinfección de zonas con productos autorizados, uso de mascarillas por parte del personal, utilización de marcas en el establecimiento para guiar a los clientes, utilización de geles en acceso a zonas comunes, etc, como por parte del cliente –uso de mascarillas, utilización de geles para desinfección de manos, etc.
– El servicio se ofrecerá siempre en mesa y se prescindirá de las barras.
Como documentos de consulta, se invita a los establecimientos a aplicar las medidas contenidas en los siguientes informes:
a) Documento de medidas para la reducción del contagio por el coronavirus elaborado por el ICTE para los restaurantes.
b) Guía de la Xunta de Galicia de recomendaciones preventivas en ceremonias nupciales y otras ceremonias religiosas y civiles (con su posible replicación en cuestiones de servicio a establecimientos de Aragón y con las salvedades propias que marca cada normativa y/o territorio).
En el sector de banquetes, eventos y reuniones intervienen muchos factores y, sobre todo, una gran previsión temporal. Como ha ocurrido con este sector de la hostelería desde el inicio del estado de alarma, se sigue echando en falta la empatía, ayuda, diálogo y directrices claras por parte de algunas administraciones. A día de hoy, después de varias reuniones internas y a falta de especificaciones oficiales que limiten o suspendan estas celebraciones, desde CEHTA se puede anunciar la posibilidad de celebrar dichos eventos siguiendo las recomendaciones anteriores. En todo momento debe primar la total garantía sobre la salud general y la seguridad sobre nuestros profesionales y clientes. Pero el
objetivo es que tanto las empresas implicadas en el desarrollo de un evento de estas características (restaurantes, catering, fotógrafos, decoradores, agencias, etc.), como clientes, puedan celebrar estas esperadas reuniones junto a sus seres queridos o allegados y recuperar la tan ansiada vuelta a la actividad social.
Desde CEHTA no se descarta en última instancia recurrir a la posibilidad de solicitar medidas cautelares, al objeto de solicitar la adecuación de la normativa de restaurantes y/o hostelería a cualquier formato, independientemente del motivo por el que el servicio se esté llevando a cabo, y siempre y cuando se cuente con fundamentos jurídicos suficientes o la situación lo permita.