El 16 de marzo, el Boletín Oficial del Estado ha publicado Orden, por la que se ha producido una modificación importante de
las obligaciones existentes para realizar los trámites de registro y conservación de los partes de viajeros.
Concretamente, la orden publicada, recoge la viabilidad a que estos partes de viajeros puedan ser cumplimentados de manera manual o por procedimientos informáticos, debiéndose firmar de manera necesaria por el viajero, si bien esta firma se podrá realizar en papel o en un soporte digital.
La conservación de los libros registro en formato impreso o digital deberá realizarse por un periodo de tres años, desde la fecha de la última de las hojas de registro que las integran, o en su caso, desde la fecha de grabación de la información cuando se conserve mediante medios digitales.
Puedes informarte de todos los detalles llamando al 976 21 09 22 o escribiendo al email informacion@zaragozahoteles.es