El Gobierno aprueba el proyecto de la nueva ley antitabaco: así afectará a la hostelería javierflores 23 de julio de 2026

El Gobierno aprueba el proyecto de la nueva ley antitabaco: así afectará a la hostelería

ley antitabaco en españa

El Gobierno ha aprobado el proyecto de ley que modificará la actual normativa sobre tabaquismo en España. La reforma plantea ampliar considerablemente los espacios sin humo, equiparar el uso de cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, reforzar la protección de los menores y endurecer las restricciones sobre publicidad y promoción.

Uno de los cambios con mayor repercusión para el sector hostelero es la inclusión de las terrazas de bares, restaurantes y otros establecimientos de restauración entre los espacios en los que estará prohibido fumar y vapear.

No obstante, es importante aclarar que la nueva ley antitabaco todavía no está en vigor. El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto, pero el texto debe pasar ahora por el Congreso de los Diputados y el Senado. Durante la tramitación parlamentaria podrían incorporarse enmiendas o modificarse algunas de las medidas inicialmente planteadas.

¿Qué es el nuevo proyecto de ley antitabaco?

El proyecto aprobado por el Gobierno modifica la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

La reforma pretende adaptar la legislación a los cambios producidos durante los últimos años en los hábitos de consumo. Además del cigarrillo convencional, han adquirido una presencia creciente productos como:

  • Cigarrillos electrónicos con nicotina.
  • Cigarrillos electrónicos sin nicotina.
  • Productos a base de hierbas para fumar.
  • Shishas.
  • Bolsas de nicotina.
  • Dispositivos y productos que imitan o se relacionan con el acto de fumar.

El proyecto se enmarca en el Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y persigue tres objetivos principales:

  • Reducir la exposición de la población al humo y a los aerosoles.
  • Prevenir el inicio del consumo entre menores y jóvenes.
  • Adaptar las restricciones actuales a los nuevos productos relacionados con el tabaco.

La reforma supondría una de las actualizaciones más relevantes de la normativa estatal sobre tabaquismo de los últimos años.

¿Se prohibirá fumar en las terrazas de bares y restaurantes?

Sí, siempre que el texto mantenga esta medida durante su tramitación y sea aprobado definitivamente.

El proyecto establece que las terrazas de bares, restaurantes, cafeterías y otros establecimientos de restauración pasarán a ser espacios sin humo. La prohibición se aplicaría tanto al consumo de tabaco convencional como al uso de cigarrillos electrónicos y otros productos equiparados.

Actualmente, fumar está permitido con carácter general en aquellas terrazas que se consideran espacios al aire libre, salvo que exista una normativa autonómica o municipal más restrictiva.

La reforma cambiaría esta situación al introducir una prohibición estatal aplicable a las terrazas de los establecimientos hosteleros.

Esto significa que, cuando la norma entre en vigor, no importará únicamente si una terraza está completamente abierta, parcialmente cubierta o delimitada mediante mamparas. La intención del proyecto es que las terrazas de restauración sean consideradas espacios sin humo.

¿La prohibición se aplicará también a los vapeadores?

El proyecto equipara el uso de los cigarrillos electrónicos y de otros productos relacionados con el tabaco a las restricciones aplicables al cigarrillo convencional.

Por tanto, en los espacios donde esté prohibido fumar tampoco se podrá vapear.

La equiparación incluye, entre otros:

  • Cigarrillos electrónicos con nicotina.
  • Cigarrillos electrónicos sin nicotina.
  • Productos a base de hierbas para fumar.
  • Shishas.
  • Productos que imiten el acto de fumar.
  • Dispositivos relacionados con el consumo tradicional o social del tabaco.

De esta manera, una terraza de hostelería no solo tendrá que impedir que los clientes enciendan un cigarrillo convencional. También deberá aplicar la prohibición cuando una persona utilice un vapeador, aunque el líquido no contenga nicotina.

Las bolsas de nicotina quedarían fuera de esta equiparación en los espacios sin humo. Sin embargo, el proyecto prohíbe expresamente su consumo por parte de menores de edad.

¿Qué otros espacios pasarán a ser zonas sin humo?

La reforma amplía la prohibición a numerosos espacios públicos, incluidos algunos situados al aire libre.

Según el proyecto aprobado por el Gobierno, estará prohibido fumar y vapear en:

  • Terrazas de bares, restaurantes y otros establecimientos de restauración.
  • Playas marítimas y fluviales.
  • Piscinas de uso colectivo.
  • Instalaciones y centros deportivos.
  • Parques nacionales.
  • Vehículos de trabajo, salvo durante su uso exclusivamente personal.
  • Teatros, cines, conciertos y otros espectáculos públicos.
  • Recintos en los que se celebren eventos, aunque sean al aire libre.
  • Determinados espacios vinculados al transporte.
  • Campus universitarios y otros centros educativos o formativos.

La inclusión de los espectáculos al aire libre puede afectar especialmente a festivales, conciertos, celebraciones gastronómicas, ferias y eventos en los que exista una zona de restauración o servicio de bebidas.

Los organizadores tendrán que prever cómo señalizar las prohibiciones, informar a los asistentes y coordinar su cumplimiento en espacios que, hasta ahora, podían permitir el consumo de tabaco por encontrarse al aire libre.

Prohibición de fumar a menos de 15 metros de determinados accesos

Otra de las novedades más importantes es la creación de perímetros de protección alrededor de espacios considerados especialmente sensibles.

El proyecto plantea que no se pueda fumar en un radio inferior a 15 metros de los accesos a:

  • Edificios públicos.
  • Centros sanitarios públicos y privados.
  • Centros sociales.
  • Centros educativos.
  • Universidades.
  • Centros de investigación.
  • Museos.
  • Bibliotecas.
  • Centros culturales.
  • Centros deportivos.
  • Parques infantiles.
  • Recintos infantiles.

Esta medida puede afectar a algunos establecimientos de hostelería situados cerca de hospitales, centros educativos, instalaciones deportivas, edificios públicos o espacios culturales.

También será necesario analizar aquellas terrazas o zonas exteriores ubicadas dentro del perímetro de 15 metros. La interpretación y aplicación concreta dependerá del texto definitivo y del posterior desarrollo de la norma.

¿Cómo afectará la nueva ley antitabaco a la hostelería?

La prohibición de fumar y vapear en terrazas obligará a los establecimientos a adaptar diferentes aspectos de su funcionamiento.

Aunque los requisitos definitivos dependerán del texto aprobado por las Cortes, los bares y restaurantes tendrán que prestar atención a cuestiones como la señalización, la información al cliente y la actuación del personal.

Adaptación de la señalización

El proyecto establece un plazo de dos meses para adaptar la señalización de los espacios en los que exista prohibición de consumo.

Los establecimientos deberán colocar carteles visibles que informen de que no está permitido fumar ni utilizar cigarrillos electrónicos u otros productos equiparados.

La señalización tendrá que ser clara y estar ubicada en puntos fácilmente reconocibles, especialmente en:

  • Accesos a las terrazas.
  • Mesas y zonas de paso.
  • Terrazas interiores o patios.
  • Espacios compartidos con otros establecimientos.
  • Zonas de restauración dentro de hoteles, centros comerciales o recintos de eventos.

El formato concreto de los carteles y las menciones obligatorias podrían determinarse mediante normativa de desarrollo.

Retirada de ceniceros y elementos asociados

La presencia de ceniceros puede resultar contradictoria con la consideración de la terraza como espacio sin humo.

Cuando la prohibición entre en vigor, los negocios tendrán que revisar si deben retirar:

  • Ceniceros de las mesas.
  • Ceniceros de pie.
  • Recipientes colocados en las entradas.
  • Elementos promocionales vinculados al tabaco.
  • Cartelería o mobiliario que pueda interpretarse como una invitación a fumar.

También será necesario valorar dónde pueden situarse los clientes que quieran fumar, siempre que exista un espacio permitido y que se respeten las distancias establecidas por la normativa.

Información y formación del personal

Los trabajadores serán quienes tengan que informar a los clientes sobre la nueva prohibición y actuar cuando se produzca un incumplimiento.

Por ello, los establecimientos deberán establecer criterios claros sobre:

  • Cómo comunicar la prohibición.
  • En qué momento debe intervenir el personal.
  • Quién asume la responsabilidad de gestionar una incidencia.
  • Cómo actuar si un cliente se niega a dejar de fumar o vapear.
  • Cuándo debe solicitarse apoyo externo.
  • Cómo registrar posibles conflictos o incumplimientos.

Una aplicación improvisada puede generar discusiones entre clientes y trabajadores. La preparación previa ayudará a que la transición sea más ordenada.

Terrazas compartidas y espacios comunes

La gestión puede ser más compleja en lugares como:

  • Terrazas compartidas por varios locales.
  • Mercados gastronómicos.
  • Centros comerciales.
  • Hoteles.
  • Recintos feriales.
  • Espacios culturales.
  • Instalaciones deportivas.
  • Zonas de ocio con varios establecimientos.
  • Eventos temporales.

En estos casos será necesario determinar quién se responsabiliza de la señalización, la información y el control de las zonas comunes.

Los establecimientos también deberán coordinarse con los titulares del recinto, las comunidades de propietarios, los organizadores de eventos o las administraciones competentes.

¿Se podrá fumar en la puerta de un bar o restaurante?

El proyecto no establece una prohibición general de fumar a una distancia determinada de todos los establecimientos hosteleros.

El límite de 15 metros se vincula a los accesos de determinados espacios protegidos, como centros sanitarios, educativos, culturales, deportivos o edificios públicos.

Por tanto, la posibilidad de fumar junto a la entrada de un bar o restaurante dependerá de varios factores:

  • La ubicación concreta del establecimiento.
  • La existencia de un edificio protegido cercano.
  • La delimitación de la terraza.
  • Las ordenanzas municipales.
  • La normativa autonómica.
  • La regulación que finalmente aprueben las Cortes.

Un restaurante situado junto a un hospital, una universidad, un museo o un centro deportivo podría verse afectado por el perímetro de protección.

Protección reforzada de los menores de edad

La reforma incorpora por primera vez una prohibición expresa del consumo de productos del tabaco por parte de menores de 18 años.

Hasta ahora, la normativa estatal prohibía la venta y el suministro de estos productos a menores, pero no recogía de forma específica la prohibición de su consumo.

El proyecto amplía esta protección al tabaco convencional y a otros productos relacionados, incluidas las bolsas de nicotina.

La medida responde al aumento del uso de cigarrillos electrónicos entre adolescentes y jóvenes. Según los datos de ESTUDES 2025 incluidos en la información oficial, el 49,5 % de las personas de entre 14 y 18 años habría probado alguna vez los cigarrillos electrónicos.

El consumo durante el último mes habría pasado del 14,9 % en 2019 al 27,1 % en 2025.

En el caso del tabaco convencional, la prevalencia de fumadores diarios entre jóvenes de 14 a 18 años se sitúa en el 4,3 %, mientras que el consumo durante el último mes alcanza el 15,5 %.

Nuevas restricciones para la publicidad, promoción y patrocinio

La reforma también endurece las limitaciones aplicables a la publicidad y promoción del tabaco, los vapeadores y otros productos relacionados.

La prohibición afectará a todos los medios y soportes, incluidos:

  • Internet.
  • Redes sociales.
  • Máquinas expendedoras.
  • Escaparates.
  • Cartelería.
  • Contenidos audiovisuales.
  • Promociones directas.
  • Promociones indirectas.
  • Patrocinios.
  • Colaboraciones con creadores de contenido.

La norma pretende impedir que puedan mostrarse o promocionarse marcas, logotipos, nombres comerciales, dispositivos o productos asociados al consumo de tabaco.

En los puntos de venta especializados tampoco podrán colocarse promociones en escaparates ni carteles visibles desde el exterior.

¿Cómo puede afectar la publicidad a bares, restaurantes y eventos?

Aunque un bar o restaurante no comercialice directamente productos relacionados con el tabaco, deberá revisar determinados elementos publicitarios o promocionales.

Por ejemplo, podría ser necesario comprobar:

  • Ceniceros con marcas comerciales.
  • Sombrillas y mobiliario promocional.
  • Expositores.
  • Carteles.
  • Patrocinios de eventos.
  • Contenidos publicados en redes sociales.
  • Fotografías y vídeos promocionales.
  • Colaboraciones con influencers.
  • Material audiovisual grabado en el establecimiento.

Un vídeo promocional de un restaurante en el que aparezca claramente una persona vapeando, un dispositivo o una marca podría quedar sujeto a las nuevas restricciones, dependiendo de las circunstancias y de la redacción definitiva de la ley.

También deberán prestar especial atención los festivales gastronómicos, conciertos y eventos patrocinados en los que participen establecimientos de restauración.

Cambios en la venta de vapeadores y productos relacionados

El proyecto limita la venta y el suministro de productos relacionados con el tabaco a establecimientos especializados.

Esta medida puede afectar a comercios, tiendas de conveniencia y otros puntos de venta que actualmente comercializan determinados productos.

Los requisitos concretos para ser considerado establecimiento especializado se establecerán posteriormente mediante una orden ministerial.

Hasta que no se apruebe ese desarrollo, todavía no se conocen todos los requisitos relacionados con:

  • Autorizaciones.
  • Características del establecimiento.
  • Señalización.
  • Exposición de productos.
  • Almacenamiento.
  • Venta y suministro.
  • Control de acceso de menores.
  • Publicidad en el punto de venta.

¿Se prohibirán los vapeadores desechables?

La información facilitada sobre el proyecto aprobado por el Gobierno no confirma expresamente que los cigarrillos electrónicos desechables vayan a quedar prohibidos de manera definitiva.

En fases anteriores de la reforma se había planteado esta posibilidad, pero no debe afirmarse que exista una prohibición definitiva hasta conocer el texto completo y su evolución durante la tramitación parlamentaria.

Por tanto, será necesario esperar a la publicación del proyecto en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y a la aprobación final de la norma.

Recuperación del Observatorio para la Prevención del Tabaquismo

El proyecto recupera el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, un órgano que había sido suprimido en 2014.

Entre sus funciones se encontrarán:

  • Proponer iniciativas y programas.
  • Establecer objetivos de reducción del tabaquismo.
  • Analizar el consumo de nuevos productos.
  • Elaborar informes sobre la aplicación de la ley.
  • Favorecer la coordinación entre las administraciones.
  • Evaluar la evolución del consumo de tabaco y productos relacionados.

La recuperación del observatorio busca reforzar el seguimiento de las políticas públicas y adaptar las medidas a la evolución de los hábitos de consumo.

¿Cuándo entrará en vigor la nueva ley antitabaco?

La nueva ley todavía no tiene una fecha definitiva de entrada en vigor.

Después de su aprobación por el Consejo de Ministros, el proyecto debe ser remitido a las Cortes Generales. A partir de ese momento tendrá que superar:

  1. La tramitación en el Congreso de los Diputados.
  2. La presentación y votación de enmiendas.
  3. La tramitación en el Senado.
  4. La aprobación definitiva.
  5. La publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El texto aprobado por el Gobierno establece que la norma entraría en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE.

Además, se contempla un plazo de dos meses para adaptar la señalización de los espacios afectados.

Sin embargo, estos plazos podrían cambiar durante la tramitación parlamentaria.

¿Se puede fumar actualmente en las terrazas?

Mientras la reforma no sea aprobada definitivamente y publicada en el BOE, continúa aplicándose la normativa vigente.

Por tanto, actualmente se puede fumar en aquellas terrazas que cumplan los requisitos para ser consideradas espacios al aire libre, salvo que exista una regulación autonómica, municipal o específica que lo prohíba.

Los establecimientos no deben presentar las nuevas prohibiciones como obligaciones ya vigentes.

Sí resulta conveniente que bares y restaurantes empiecen a identificar los cambios que podrían tener que aplicar, especialmente en materia de:

  • Señalización.
  • Protocolos internos.
  • Comunicación a los clientes.
  • Formación del personal.
  • Distribución de las terrazas.
  • Retirada de ceniceros.
  • Gestión de incidencias.

¿Qué sanciones contempla el proyecto?

La información oficial facilitada sobre el proyecto no detalla las cuantías definitivas de las sanciones aplicables a cada nueva conducta.

La normativa vigente clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves y contempla multas de diferente cuantía según la naturaleza del incumplimiento.

No obstante, no resulta adecuado trasladar automáticamente las sanciones actuales a todas las nuevas prohibiciones.

Será necesario consultar el texto definitivo para conocer:

  • Qué conductas serán consideradas infracciones.
  • Quién será responsable en cada caso.
  • Qué obligaciones corresponden al cliente.
  • Qué responsabilidades tendrá el establecimiento.
  • Qué cuantías se aplicarán.
  • Qué administraciones serán competentes para sancionar.

¿Será responsable el cliente o el establecimiento?

La responsabilidad concreta dependerá del régimen sancionador que finalmente se apruebe.

En anteriores regulaciones sobre espacios sin humo, las obligaciones pueden afectar tanto a la persona que fuma como al responsable del establecimiento cuando no se adoptan las medidas exigidas.

Por ello, los bares y restaurantes deberán estar preparados para acreditar que han cumplido sus obligaciones mediante:

  • Señalización adecuada.
  • Información visible.
  • Protocolos internos.
  • Instrucciones al personal.
  • Actuación ante incumplimientos.
  • Eliminación de elementos que favorezcan el consumo.

No obstante, habrá que esperar al texto definitivo para determinar con precisión el alcance de la responsabilidad de cada parte.

Recomendaciones para bares y restaurantes antes de la aprobación definitiva

Aunque la norma todavía no está en vigor, los establecimientos pueden empezar a prepararse sin aplicar de manera anticipada prohibiciones que aún no son obligatorias.

Entre las medidas preventivas que pueden estudiarse se encuentran:

Revisar la distribución de la terraza

Conviene analizar la ubicación de las mesas, accesos y espacios próximos para identificar posibles conflictos con los perímetros de protección.

Identificar los elementos que deberán retirarse

Ceniceros, carteles, mobiliario promocional o elementos vinculados a marcas de tabaco podrían tener que ser eliminados o sustituidos.

Preparar la señalización

Los establecimientos pueden prever los espacios en los que deberán instalarse carteles cuando se conozcan los requisitos definitivos.

Diseñar un protocolo interno

Es recomendable establecer cómo deberá actuar el personal cuando un cliente fume o vapee en una zona prohibida.

Informar a la plantilla

La entrada en vigor de una norma de estas características puede generar dudas y conflictos. Una formación clara ayudará a evitar respuestas contradictorias.

Revisar los contratos y materiales publicitarios

Los negocios que participen en eventos, promociones o colaboraciones comerciales deberían revisar si utilizan elementos relacionados con productos del tabaco.

Seguir la tramitación parlamentaria

El proyecto puede modificarse antes de su aprobación. Los establecimientos deben basar sus decisiones en el texto definitivo y no únicamente en las primeras noticias publicadas.

Una reforma con especial impacto en la hostelería

La nueva ley antitabaco no afecta únicamente a las personas consumidoras de tabaco. También modificará la organización de terrazas, la atención al cliente, la gestión de eventos, la publicidad y los protocolos internos de numerosos negocios.

Para bares y restaurantes, la principal novedad será la conversión de las terrazas en espacios sin humo y sin vapeo.

Sin embargo, todavía no existe una obligación inmediata. El proyecto debe completar su tramitación parlamentaria y podría experimentar cambios antes de su aprobación definitiva.

Desde Horeca Zaragoza se continuará informando sobre la evolución de la norma y sobre las obligaciones concretas que deberán cumplir los establecimientos cuando se publique el texto definitivo en el Boletín Oficial del Estado.

Preguntas frecuentes sobre la nueva ley antitabaco

¿La nueva ley antitabaco ya está en vigor?

No. El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley, pero todavía debe pasar por el Congreso y el Senado.

¿Se puede fumar actualmente en una terraza?

Sí, siempre que la terraza cumpla los requisitos establecidos por la normativa vigente y no exista una prohibición autonómica o municipal específica.

¿Cuándo estará prohibido fumar en las terrazas?

La prohibición se aplicará cuando la norma sea aprobada definitivamente, publicada en el BOE y haya transcurrido el plazo establecido para su entrada en vigor.

¿También estará prohibido vapear?

Sí. El proyecto equipara el uso de los cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, al consumo de tabaco en los espacios sin humo.

¿Se podrá fumar en la puerta de un restaurante?

Dependerá de la ubicación. El proyecto establece un perímetro de 15 metros en torno a los accesos de determinados edificios y espacios protegidos, pero no alrededor de todos los bares y restaurantes.

¿Qué deberá hacer un bar o restaurante?

Cuando la ley entre en vigor, previsiblemente tendrá que adaptar la señalización, retirar ceniceros, informar a los clientes y establecer protocolos para gestionar incumplimientos.

¿La ley afectará a conciertos y eventos al aire libre?

Sí. La prohibición se extenderá a recintos en los que se celebren espectáculos públicos, incluso cuando tengan lugar al aire libre.

¿Los menores podrán consumir vapeadores?

No. El proyecto prohíbe expresamente el consumo de productos del tabaco y productos relacionados por parte de menores de 18 años.

¿Se prohibirán los vapeadores desechables?

La información oficial disponible sobre el proyecto aprobado no permite confirmar todavía una prohibición definitiva de los cigarrillos electrónicos desechables.

¿Cuándo entrará en vigor la ley?

El proyecto prevé que entre en vigor 20 días después de su publicación en el BOE y concede dos meses para adaptar la señalización. Estos plazos todavía podrían modificarse durante la tramitación parlamentaria.

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